SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD

1. INTRODUCCION

La reforma del sector eléctrico boliviano, que culmina con la aprobación y vigencia de la Ley de Electricidad Nº 1604 de 21 de diciembre de 1994, se encuentra dentro del nuevo modelo de desarrollo económico existente en el país.

La Ley de Electricidad plantea que el ejercicio de las actividades de la industria eléctrica boliviana y su desarrollo deberán realizarse a través de la iniciativa privada. El Estado asume la responsabilidad de formular políticas y aprobar normas.

Por otra parte, la Ley del Sistema de Regulación Sectorial Nº 1600 de 28 de octubre de 1994, crea la Superintendencia de Electricidad como el órgano regulador de la industria eléctrica, con jurisdicción nacional y autonomía de gestión. La Superintendencia de Electricidad en su calidad de regulador de la industria eléctrica, debe cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Ley de Electricidad, asegurando la correcta aplicación de los principios, objetivos y políticas que forman parte de ésta, en el contexto de la economía jurídica vigente en el país.

Es necesario destacar que la Ley de Electricidad introduce un profundo cambio en la industria eléctrica, cuyos rasgos principales son los siguientes:

Establece la división de actividades de la industria eléctrica en generación, transmisión y distribución para el Sistema Interconectado Nacional y como consecuencia las empresas eléctricas desagregan sus actividades para estar dedicadas a una sola de éstas. Disposición fundamental para la constitución del Mercado Eléctrico Mayorista, base de la competencia.

Por otra parte, introduce limitaciones al derecho de propiedad para los accionistas o socios en cada una de estas actividades, preservando que no existan posiciones dominantes o agregación de actividades de la industria a través de la compra de acciones que puedan derivar en monopolios.

Crea el Comité Nacional de Despacho de Carga (CNDC), como el administrador del Mercado Eléctrico Mayorista, introduce el concepto de Consumidor No Regulado, delimita el Sistema Interconectado Nacional y establece una nueva metodología y procedimiento para la fijación de precios y tarifas, basada en la eficiencia económica y la transparencia como rasgos fundamentales.

Por primera vez, La Ley de Electricidad y sus reglamentos introducen normas de calidad para cada una de las actividades del sector eléctrico, siendo la más destacada la de distribución. Los parámetros de control de calidad de este servicio público son: la calidad del producto técnico, la calidad del servicio técnico y la calidad del servicio comercial.

La Ley de Electricidad también establece que la Superintendencia tiene la responsabilidad de proteger los derechos de los consumidores asegurando el suministro de electricidad y su expansión, promoviendo la competencia y la eficiencia de las actividades de la industria eléctrica, fijando tarifas y precios que paga el consumidor por el servicio, en estricta aplicación de la ley y defendiendo el derecho del consumidor a recibir el servicio con la calidad establecida en la ley.

En este contexto, la empresa prestadora del servicio tiene la obligación de atender al consumidor con diligencia y esmero. Para la atención de las reclamaciones, la Superintendencia ha establecido el sistema "Oficina del Consumidor - ODECO", en la mayoría de las empresas distribuidoras del SIN.

2. ACTIVIDADES REALIZADAS

2.1. OPERACIÓN DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA

La administración del Mercado Eléctrico Mayorista es responsabilidad del Comité Nacional de Despacho de Carga (CNDC), que por mandato de la Ley de Electricidad tiene asignadas las tareas de planificar la operación integrada del SIN con el objetivo de satisfacer la demanda mediante una operación segura, confiable y de costo mínimo, realizar el despacho de carga en tiempo real y costo mínimo y determinar las transacciones, entre otros. La Superintendencia de Electricidad por mandato de la Ley de Electricidad deberá supervisar al CNDC.

La compraventa de electricidad en el mercado eléctrico mayorista se realiza a través de contratos que se pactan libremente en cuanto a duración, condiciones y precios y también en el mercado spot donde las transacciones se realizan sobre la base de precios que se definen cada hora.

En el año 1998, la oferta eléctrica en el MEM estuvo constituida por los siguientes agentes generadores;

La Reforma del Sector Eléctrico comenzó en 1993, como parte del nuevo modelo económico, y se concretó con la promulgación de la Ley de Electricidad Nº 1604 el 21 de diciembre de 1994 , la aprobación de sus reglamentos el 28 de junio de 1995 y la división de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE) en tres empresas de generación y una de transmisión.

Las empresas de generación fueron transferidas al sector privado, durante el proceso de capitalización que concluyó en 1995 y la de transmisión se privatizó en julio de 1997. Las acciones del Estado en la Empresa de Luz y Fuerza Eléctrica Cochabamba (ELFEC) también fueron adjudicadas al sector privado en 1995, mediante un proceso de venta pública.

La reforma del sector eléctrico otorgó al mercado las condiciones adecuadas para asegurar su funcionamiento eficiente y su desarrollo sostenible.

La nueva estructura del sector eléctrico quedó conformada por las empresas generadoras (COBEE, Corani S.A., Valle Hermoso S.A., Guaracachi S.A. y otras menores como Hidroeléctrica Boliviana, Río Eléctrico y SYNERGIA), la empresa Transportadora de Electricidad (TDE), las distribuidoras (ELECTROPAZ, ELFEO, ELFEC, CRE, CESSA, SEPSA), los consumidores regulados y los consumidores no regulados (Empresa Metalúrgica Vinto e Inti Raymi, entre otros).

En enero de 1996, la Superintendencia de Electricidad inició sus actividades con el nombramiento del Superintendente, un mes después se creó el Comité Nacional de Despacho de Carga (CNDC) y en mayo del mismo año inició sus operaciones el Mercado Eléctrico Mayorista.

La Superintendencia de Electricidad fue creada mediante la Ley del SIRESE N° 1600, es una persona jurídica de derecho público con jurisdicción nacional, autonomía de gestión técnica, administrativa y económica y se financia a través de una tasa de regulación que pagan las empresas eléctricas.

Las principales funciones y atribuciones de la Superintendencia de Electricidad contenidas en la Ley del SIRESE y la Ley de Electricidad son las siguientes:

  1. proteger los derechos de los consumidores y velar por el cumplimiento de las obligaciones y derechos de los titulares,
  2. asegurar que las actividades de la Industria Eléctrica cumplan las disposiciones antimonopólicas y de defensa del consumidor, establecidas por ley y tomar las acciones necesarias para corregir cualquier incumplimiento,
  3. otorgar concesiones, licencias y licencias provisionales y enmendarlas; declarar y disponer la caducidad de las concesiones y la revocatoria de las licencias,
  4. intervenir las empresas eléctricas, cualquiera sea su forma de constitución social, y designar interventores,
  5. imponer las servidumbres necesarias para el ejercicio de la Industria Eléctrica,
  6. aplicar los procedimientos de cálculo de precios y tarifas para las actividades de generación, transmisión y distribución; aprobar y controlar, cuando corresponda, los precios y tarifas máximos aplicables a las actividades de la Industria Eléctrica y publicarlos en medios de difusión nacional,
  7. supervisar el funcionamiento del CNDC, establecido en la presente Ley, de los procedimientos empleados y los resultados obtenidos y,
  8. conocer y procesar las denuncias y reclamaciones presentadas por los usuarios, empresas y entidades reguladas y los órganos competentes del Estado, en relación con las actividades de la Industria Eléctrica.

2. ACTIVIDADES REALIZADAS

2.1. OPERACIÓN DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA

El Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) forma parte del nuevo esquema vigente para el sector eléctrico boliviano. Este sector se compone de un mercado de contratos donde las transacciones se pactan libremente en cuanto a duración, condiciones y precios, y un mercado spot, donde las transacciones se realizan sobre la base de precios que se definen cada hora.

Los agentes del MEM son los generadores, transmisores, distribuidores y consumidores no regulados que operan el Sistema Interconectado Nacional (SIN) de acuerdo a lo establecido en la Ley de Electricidad y sus reglamentos.

El CNDC es el responsable de la coordinación de la generación, transmisión y despacho de carga a costo mínimo en el SIN.

La oferta eléctrica en el MEM esta constituida por los siguientes agentes generadores:

Empresa Eléctrica Guaracachi S.A. (EGSA).

Empresa Eléctrica Valle Hermoso S.A. (EVH).

Empresa Eléctrica Corani S.A. (CORANI).

Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A. (COBEE).

Los agentes distribuidores que demandan electricidad en el MEM son los siguientes::

Electricidad de La Paz S.A. (ELECTROPAZ).

Cooperativa Rural de Electrificación Ltda. (CRE).

Empresa de Luz y Fuerza Eléctrica de Cochabamba S.A. (ELFEC).

Empresa de Luz y Fuerza Eléctrica de Oruro S.A. (ELFEO).

Compañía Eléctrica Sucre S.A. (CESSA).

Servicios Eléctricos Potosí S.A. (SEPSA).

Y los consumidores no regulados son::

Empresa Minera Inti Raymi S.A.

Empresa Metalúrgica Vinto

La coordinación de las operaciones de generación, transmisión y despacho de carga a costo mínimo, en el SIN está a cargo del CNDC, conformado por los representantes de los agentes del MEM (uno por actividad) y por un representante de la Superintendencia de Electricidad, que ejerce la Presidencia del Comité.

En 1998, la Superintendencia supervisó el funcionamiento del MEM, mediante la revisión y análisis de la información proporcionada por el CNDC, que estuvo relacionada con la programación de mediano plazo, estacional, semanal y diaria. Para el efecto, se verificó el cumplimiento de todas las disposiciones legales establecidas para la operación del Mercado Eléctrico Mayorista.

La oferta y demanda de electricidad está vinculada a través de las instalaciones de transmisión de la Empresa Transportadora de Electricidad S.A. (TDE).

La coordinación de la operación técnica y administración del MEM se realiza a través del CNDC que está conformado por los representantes de los agentes del MEM (uno por actividad) y por un representante de la Superintendencia de Electricidad, que ejerce la Presidencia del Comité. El cumplimiento de sus tareas operativas se efectúa por medio del organismo técnico denominado Unidad Operativa.

Los contratos entre agentes del mercado son libres en cuanto a duración, condiciones y precios. Bajo este esquema operan EVH, que mantiene un contrato con la Empresa Minera Inti Raymi S.A., y COBEE, que mediante contratos suministra electricidad a ELECTROPAZ y ELFEO.

En el mercado spot, las transacciones se valoran a cada hora en función de los costos marginales que resultan de la oferta y demanda. En este mercado actúan todos los agentes incluyendo los que operan en el mercado de contratos, con excepción de los agentes que tienen contratada toda su demanda.

Durante la gestión 1998, la Superintendencia realizó el control y seguimiento de la operación del MEM mediante la revisión y análisis de los informes diarios de pre y post despacho, de los informes mensuales de transacciones, elaborados por la Unidad Operativa y de los informes semestrales de programación de mediano plazo, elaborados por el CNDC.

Revisó todos los informes de falla remitidos por los agentes involucrados y por el CNDC verificando las causas y las medidas adoptadas para su solución. Por su importancia y debido al efecto causado sobre los consumidores y otros agentes, analizó las interrupciones del suministro que se produjeron en fechas 28 y 29 de mayo de 1998, estableciendo la responsabilidad de ELECTROPAZ y COBEE, respectivamente. Por otro lado, participó en los grupos de análisis de fallas creados por el CNDC.

2.2. CONCESIONES, LICENCIAS Y LICENCIAS PROVISIONALES

La Ley de Electricidad concede faculta a laal Superintendencia de Electricidad a nte la atribución de otorgar cconcesiones, licencias y licencias provisionales. Mediante el acto administrativo de otorgar concesiones, la Superintendencia, a nombre del Estado boliviano, concede a una persona colectiva el derecho de ejercer la actividad de servicio público de distribución. A través de las licencias otorga el derecho de ejercer la actividad de generación o transmisión, que se caracterizan por ser competitivas y por medio de las licencias provisionales autoriza la realización de estudios.

para distribución de electricidad y licencias para generación, transmisión, transmisión asociada, exportación e importación y licencias provisionales para estudios.

Establece como requisitos, entre otros, que las empresas adjunten a su solicitud un programa de inversiones y un cronograma de obras e instalaciones con fechas de inicio y conclusión.

2.2.1.CONCESIONES

En cumplimiento de la Ley de Electricidad, durante 1998, la Superintendencia de Electricidad suscribió contratos de concesión con las siguientes empresas de distribución:

21.2.2. LICENCIAS Y LICENCIAS PROVISIONALES

Cumpliendo la Ley de Electricidad, la Superintendencia otorgó en 1998 licencias y licencias provisionales a las siguientes empresas de generación:

La Central Kanata tendrá una potencia instalada de 8,707 MW. Su ejecución demandará una inversión de US$ 4.864.440 y se prevé la su ingreso en operaciónones comerciales en la gestión 1999. (Resolución SSDE 010/98 de 19 de enero de 1998).

El estudio del proyecto se realizará en los departamentos de La Paz, Beni y Cochabamba y demandará una inversión de US$ 2.901.875. (Resolución SSDE Nº 018/98 de 30 de enero de 1998).

La Compañía Boliviana de Energía Eléctrica (COBEE), obtuvo una prórroga de la licencia provisional, otorgada sin carácter de exclusividad, el 23 de abril de 1998 mediante la Resolución SSDE Nº 071/98 para efectuar de generación termoeléctrica en la zona de Puerto Suárez, suministro de electricidad a dicha población, su zona de influencia y la exportación al Brasil.

En el marco de la adecuación de las empresas capitalizadas,El 29 de septiembre de 1998, la Superintendencia suscribió con la Empresa Eléctrica Coraniel 29 de septiembre de 1998 un contrato de llicencia parade generación con la empresa eléctrica Corani enpara las centrales hidroeléctricas de Corani y Santa Isabel, ubicadas en la provincia Chapare del departamento de Cochabamba.

AmbasLa centrales hidroeléctricas Corani utilizanrá las aguas del río Corani y otros de sus afluentes, embalsadas en la represa del mismo nombre.

y las cuencas de los ríos Chapare y Mamoré. En tanto, la central hidroeléctrica Santa Isabel aprovechará el caudal de las subcuencas de los ríos Chapare y Mamor

El compromiso de inversión asumido por la Empresa Corani para la ejecución del proyecto fue de US$ 25.878.000 a objeto de incrementar la capacidad de embalse de la represa. A la fecha, la Empresa ha invertido US$ 28.878.000, monto superior al comprometido en el contratoé. La potencia de generación de ambas centrales hidroeléctricas alcanza a 126 MW.

El 21 de diciembre de 1998, la Superintendencia también suscribió con EGSA un contrato dede Llicencia parade generación con EGSA enpara la central termoeléctrica de Guaracachi, ubicada en la zona urbana de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

A diciembre de 1998, EGSA invirtió US$ 36.342.400. Las dos nuevas turbinas a gas, que serán instaladas en la central termoeléctrica de Guaracachi iniciarán su operación comercial en el mes de junio de 1999 con una potencia de 122 MW.

2.3. CONSTITUCION DE SERVIDUMBRES Y USO DE BIENES DE DOMINIO PUBLICO.

LPor mandato de la Superintendencia en aplicación de la Ley de Electricidad, la Superintendencia Electricidad tiene la facultad de imponer servidumbres y otorgar el derecho de uso de bienes de dominio público, a favor de los titulares, que en ejercicio de una licencia requieran ejecutar obras para instalaciones hidroeléctricas o termoeléctricas. a título gratuito, que se requerirá exclusivamente para el objeto de la concesión o licencia.

2.3.1.CONSTITUCION DE SERVIDUMBRES

En 1998, la Superintendencia no recibió solicitudes para constitución de servidumbres.

2.3.2. USO DE BIENES DE DOMINIO PUBLICO

En la gestión Al final de 1998, la Superintendencia aprobó resoluciones que otorgan el derecho de uso de bienes de dominio público a las siguientes empresas:

2.4. PRECIOS Y TARIFAS

2.4.1. APROBACION DE PRECIOS Y TARIFAS EN EL MERCADO

ELECTRICO MAYORISTA

En cumplimiento de la Ley de Electricidad, el CNDC envió a la Superintendencia los informes técnicos de precios de nodo para su aprobación y vigencia enpara los periodos mayo – octubre de 1998 y noviembre – abril de 1999. La Superintendencia verificó dichos estudios y aprobó los precios de nodo y sus fórmulas de indexación, así como los peajes unitarios para la transmisión en el Sistema Troncal de Interconexión (STI),. mediantePublicó las resoluciones SSDE Nº 76/98 de 30 de abril de 1998 y Nº 192/ 98 de 28 de octubre de 1998, respectivamente. Ambas resoluciones fueron publicadas en medios de comunicación social de circulación nacional, según la norma vigente.

Por otra parte, la Superintendencia aprobó los montos de los peajes para las instalaciones de transmisión no pertenecientes al STI y sus respectivas fórmulas de indexación para su aplicación en los periodos mayo – octubre de 1998 y noviembre – abril de 1999, mediante las . (rResoluciones SSDE Nº 77/98 de 30 de abril de 1998 y Nº 193/98 de 28 de octubre de 1998.).

COBEE, al amparo del Titulo V del Código de Electricidad solicitó la fijación de tarifas para el periodo 1998 – 2002 adjuntando la documentación respectiva.

La Superintendencia, con el asesoramiento de la empresa consultora Coopers & Lybrand, revisó y evaluó el "Estudio de Tarifas COBEE 1998 –2002", aprobándolo mediante Resolución SSDE Nº 163/98 de fecha 28 de agosto de 1998, que fue publicada en un órgano de prensa de circulación nacional conforme señala la ley. En consecuencia, se fijaron las tarifas de suministro de electricidad de COBEE a las distribuidoras ELECTROPAZ y ELFEO para el periodo 1998 – 2002.

Estableció también el precio de referencia del gas natural para la generación de electricidad en un valor igual al precio máximo de venta del gas natural fijado por la Superintendencia de Hidrocarburos para plantas termoeléctricas. Este precio de referencia del gas natural es el que se utiliza en la determinación de los costos de producción de las unidades generadoras de las centrales termoeléctricas. (Resolución SSDE N° 184/98 del 12 de octubre de 1998).

 2.4.2. PRECIOS Y TARIFAS EN EL MERCADO ELECTRICO MINORISTA

Durante la gestión 1998, la Superintendencia se abocó a desarrollar las bases, instrumentos legales y procedimientos para la determinación de las tarifas de distribución en el SIN.

Con financiamiento del Proyecto de Asistencia Técnica del Banco Mundial, contrató los servicios de la firma consultora Washington Utility Group Co. a objeto de determinar la tasa de retorno sobre el patrimonio afectoado a la concesión, para el período 1998 -– 2002, habiéndose aprobado mediante la Resolución SSDE Nº 182/98 de 8 de octubre de 1998 la tasa de retorno del 10.1 por ciento.

Las empresas distribuidoras CRE, ELECTROPAZ, ELFEO y ELFEC presentaron las versiones preliminares de los estudios de tarifas, las mismas que se encuentran en proceso de revisión con el asesoramiento de firmas consultoras de prestigio.

También aprobó los precios de venta de electricidad de ENDE S.A. a la Cooperativa de Servicios Eléctricos Trinidad Ltda. (COSERELEC) y la estructura de tarifas de la Cooperativa de Servicios Eléctricos Maniqui Ltda. de San Borja. (Resoluciones SSDE N° 019/98 de fecha 4 de febrero de 1998 y N° 61/98 de 31 de marzo de 1998).

Por otra parte, examinó, en forma mensual, los factores de indexación que se aplican a las estructuras de tarifas y mediante una revisión aleatoria de las facturas de las empresas de distribución verificó su correcta aplicación.

 21.5. INVERSIONES EN GENERACIONN EL SECTOR ELECTRICO

 Las inversiones en el sector eléctrico alcanzaron a US$ 216.250.441 en la gestión pasada, de un total de US$ 439.144.819 comprometido por las empresas de generación y distribución para el periodo 1995 – 2002.

Los compromisos de inversión de las empresas generadoras para el periodo 1995 – 2002 capitalizadas EVH, CORANI, EGSA y los de COBEE, SYNERGIA e Hidroeléctrica Boliviana alcanzaron a un total de US$ 282.868.840. A diciembre de 1998, invirtieronejecutaron US$ 184.116.074 en diferentes proyectos. de acuerdo al siguiente detalle:

 Por su parte, las empresas distribuidoras ejecutaron en 1998 US$ 32.134.367 de los US$ 156.275.979 comprometidos hasta el 2002.

      1. INVERSIONES EN GENERACION

En el proceso de control de las inversiones de las empresas generadoras, la Superintendencia revisó los informes de ejecución de obras, sus presupuestos, realizó inspecciones técnicas a las obras en construcción y verificó la contabilidad de los proyectos.

Para el caso de EVH que cumplió en un cien por cien con su compromiso de inversión, la Superintendencia contrató los servicios de un consultor para la auditoría del proyecto y certificación de la inversión realizada.

A continuación se detalla el estado de ejecución de las inversiones comprometidas.

De acuerdo con su contrato de capitalización, EVH se comprometió a ejecutar US$ 33.921.100 en los siete años posteriores al cierre del proceso.

Dentro del proceso de capitalización de EVH le fue transferido el proyecto Carrasco emprendido por ENDE, que consistía en la instalación de dos turbinas de generación a gas natural de ciclo simple con una capacidad de 54 MW cada una. A diciembre de 1998, EVH ejecutó un total de US$ 37.952.000, habiendo sobrepasado el monto comprometido en un 12 por ciento., monto superior al comprometido en su contrato de capitalización.

La Empresa Eléctrica Corani S.A. se comprometió a invertir US$ 58.796.300 en el lapso de siete años desde el cierre del proceso de capitalización en 1995, de acuerdo al contrato de capitalización.

Para cumplir dicho compromiso, Corani S.A. presentó un programa de inversiones compuesto por los siguientes subproyectos de canalización y aducción de caudales a la represa de Corani: Chacamayu Chimpahera, Nuevos Aportes y Aducción Palca.

A diciembre de 1998 invirtió en las obras correspondientes a los proyectos mencionados un total de US$ 28.541.684, lo que representa el 48,5 por ciento..

El compromiso de inversión asumido por EGSA en su contrato de capitalización fue fue de US$ 47.131.000 hasta el 2002. A diciembre de 1998, la empresa invirtió US$ 36.342.400 en el proyecto de Ampliación de la Planta Termoeléctrica Guaracachi, lo que representa el 77 por ciento del compromiso. Las dos nuevas turbinas a gas de la Planta Termoeléctrica Guaracachi iniciarán su operación comercial en el mes de junio de 1999.

A diciembre de 1998, EGSA invirtió US$ 36.342.400 en el proyecto de ampliación de la Planta Termoeléctrica Guaracachi. Las dos nuevas turbinas a gas iniciarán su operación comercial en el mes de junio de 1999; la inversión presupuestada para este proyecto fue de 65 millones de dólares americanos.  

El compromiso asumido por COBEE en su concesión de generación de electricidad, otorgada mediante Resolución Suprema N° 207640 de 4 de mayo de 1990, y ratificada mediante Resolución Suprema N° 215064 de 30 de diciembre de 1994, fue de realizar una inversión de US$ 85.156.000 en generación y transmisión asociada a la generación para incrementar su capacidad.

Con ese propósito, COBEE ejecutó en el Valle de Zongo los siguientes proyectos: la nueva central de Tiquimani, y las ampliaciones de las de Zongo y Santa Rosa, que entraron en operación en 1997; las ampliaciones de las plantas de Cuticucho y Botijlaca, iniciaron operaciones en 1998; finalmente la nueva planta de Huaji entrará en operación durante el primer semestre de 1999. A diciembre de 1998, COBEE ejecutó US$ 76.215.000 en los proyectos mencionados, lo que representa el 90 por ciento..

A diciembre de 1998, la Sociedad Industrial Energética y Comercial Andina S.A. (SYNERGIA S.A.) invirtió US$ 3.972.467 en la construcción de la central hidroeléctrica de Kanata, en Cochabamba, lo que representa el 82 por ciento de los US$ 4.864.440 comprometidos.

Para generar energía eléctrica en calidad de servicio público, en la central hidroeléctrica de Kanata, Mediante Resolución Suprema Nº 215442 de 10 de marzo de 1995, SYNERGIA obtuvo la concesión para el aprovechamiento de los recursos hídricos del sistema Escalerani de la cordillera del Tunari para generar energía eléctrica, en calidad de servicio público, en la central hidroeléctrica de Kanata., mediante Resolución Suprema Nº 215442 de 10 de marzo de 1995.

Hasta noviembre de 1998, la empresa Hidroeléctrica Boliviana S.A. ejecutó una inversión de US$ 1.092.523 en el proyecto "Aprovechamiento Hidroeléctrico del Río Taquesi" para la generación de electricidad en las centrales de la Chojlla y Yanacachi, lo que representa el 7 por ciento de los US$ 53.000.000 comprometidos.

La potencia del mencionado proyecto será de 84,.8 MW y se tiene previsto que ingrese en operaciónones en enero del 2001.

  En el cuadro siguiente se resumen los montos de inversión comprometidos por las empresas generadoras y los montos ejecutados a diciembre de 1998:

  INVERSIONES COMPROMETIDAS Y EJECUTADAS EN GENERACION

Empresa

Inversión Comprometida

(En US$)

Inversión Ejecutada

Porcentaje de Ejecución (%)

Valle Hermoso S.A.

33.921.100

37.952.000

112%

CORANI S.A.

58.796.300

28.541.684

49%

Guaracachi S.A.

47.131.000

36.342.400

77%

COBEE S.A.

85.156.000

76.215.000

90%

SYNERGIA

4.864.440

3.972.467

82%

Hidroeléctrica Bol.

53.000.000

1.092.523

2%

Total

282.868.840

184.116.074

65%

  

2.5.12. INVERSIONES EN DISTRIBUCION

Las empresas distribuidoras de electricidad electricidad ELECTROPAZ, ELFEO, ELFEC, CRE, CESSA y SEPSA comprometieron una inversión de US$ 156.275.979 para el período 1998 – 2002, de los cuales ejecutaron US$ 32.134.367 en la gestión ’98, según se muestra en el siguiente cuadro:

En el siguiente cuadro se muestran los montos ejecutados a diciembre de 1998 y los programados por las empresas distribuidoras para los próximos cinco años:

INVERSIONES COMPROMETIDAS Y EJECUTADAS

EMPRESAS DISTRIBUIDORAS

1998 – 2002 (EN US$)

Empresas

Ejecutada Dic-98

Programada1999

2000

2001

2002

ELECTROPAZ

12.010.462

9.181.576

12.886.257

8.911.554

7.853.742

ELFEO

1.399.437

1.139.050

804.533

838.500

806.750

ELFEC

4.377.967

4.260.943

4.332.203

4.394.882

9.426.463

CRE

13.895.203

29.126.399

6.883.386

10.260.211

13.035.163

CESSA

370.560

*

*

*

*

SEPSA

80.739

*

*

*

*

TOTAL

32.134.367

43.707.968

24.906.379

24.405.147

31.122.118

 

 2.6.CALIDAD DEL SUMINISTRO

2.6.1. CALIDAD DE TRANSMISION

Conforme establece el Reglamento de Calidad de Transmisión, el control de calidad debe realizarse en tres etapas: de prueba, transición y régimen. La etapa de prueba se extendió hasta el 31 de octubre de 1998 y en ese lapso la TDE y el CNDC definieron, conforme a la reglamentación, procedimientos e índices para la medición y registro de las desconexiones de los componentes de transmisión sujetos al control, mecanismos que fueron revisados y aprobados por la Superintendencia de Electricidad.

La etapa de transición comenzó el 1º de noviembre de 1998 y tendrá duración de un año. En esta etapa se procedió al análisis, registro y clasificación de las desconexiones en el sistema de transmisión y, y al final del periodo se procederá a la a la aplicación de penalizaciones por incumplimiento en la calidad del servicio. EEn esta fase contempla la aplicación de se estableció un proceso gradual de reducciones ones en la remuneración del Transmisor hasta el 50% de su valor máximo, por incumplimiento en la calidad del servicio.

En la etapa de régimen que estará vigente a partir del 1º de noviembre de 1999, los montos de penalización se aplicarán en su integridad (100%), en función al incumplimiento de los parámetrosen los niveles de calidad de transmisión.

2.6.2. CALIDAD DE DISTRIBUCION

La Superintendencia aprobó la "Metodología de Medición y Control de la Calidad de Distribución" para el producto técnico, servicio técnico y servicio comercial, mediante la Resolución SSDE Nº82/98 de 7 de mayo de 1998.

Durante la etapa de prueba, que se desarrolló en el periodo comprendido entre noviembre de 1997 y abril de 1998 concluyó en el mes de abril, se efectuó la cuarta reunión de la Comisión de Calidad de Distribución, cuyo objetivo fue evaluar los primeros resultados de los indicadores y la aplicación de la Metodología. En esa ocasión, las empresas distribuidoras informaron sobre el grado de avance de los sistemas de recopilación y manejo de información.

En la etapa de transición, que se extendió entre mayo y octubre de 1998,a partir del mes de mayo, se inició el control de los indicadores de calidad, que se presentan en forma semestral.

Las actividades que se realizaron fueron las siguientes:

La Superintendencia prosiguió el desarrollo del software para el control de calidad en sus tres módulos, cuya conclusión está prevista para el primer semestre de 1999.

Contrató además una firma consultoraía especializada para la realización de una evaluación del estado actual de la organización y procedimientos desarrollados para el control de calidad de distribución. Esta tarea se desarrolla, en forma conjunta, entre la Superintendencia de Electricidad y las empresas ELECTROPAZ, ELFEC y CRE.

En la gestión 1998, se estableció que los índices de calidad comercial de las empresas de distribución se encontraron dentro de los parámetros establecidos en el Reglamento de Calidad, con excepción de ELFEO y CESSA, cuyos niveles de facturación estimada fueron superiores al límite admisible, lo que dio lugar a que se efectúe la reducción en la remuneración de las distribuidoras.

El control de la calidad del producto técnico en las empresas distribuidoras demostró que existen desequilibrios de carga en las subestaciones de alta y media tensión y en los nodos de compra de energía así como tensiones por encima de los límites permitidos en el Reglamento de Calidad.

De acuerdo con el Reglamento de Calidad, las empresas deberán trabajar en su red de distribución y volver a medir la calidad del producto técnico hasta demostrar que ya no existen problemas de sobretensión o subtensión.

Los índices de calidad del servicio técnico registrados en el Anexo B1 muestran valores por debajo de los límites admisibles, razón por la cual, las empresas no tienen problemas con el servicio técnico.

En el anexo B se detallan los puntos y los índices de control de la calidad del producto técnico, servicio técnico y servicio comercial correspondientes al semestre mayo – octubre de 1998.

2.6.3. ATENCION DE RECLAMACIONES DE LOS CONSUMIDORES

La Ley de Electricidad establece que la Superintendencia tiene la responsabilidad de proteger los derechos de los consumidores, asegurar que la industria eléctrica cumpla con las disposiciones antimonopólicas y de calidad del servicio de distribución y tomar las acciones para corregir cualquier incumplimiento.

En mayo de 1997, la Superintendencia creó el sistema único de atención al consumidor "Oficina del Consumidor" (ODECO) con la finalidad de atender las reclamaciones y denuncias de los consumidores en el sector de electricidad.

Este sistema funciona en primera instancia en las oficinas de atención al público de las principales empresas distribuidoras del país, y en segunda instancia en la Superintendencia de Electricidad, conforme a lo dispuesto en los reglamentos de la Ley SIRESE y de Calidad de Distribución.

Durante la pasada gestión, el sistema único "Oficina del Consumidor", (ODECO), instalado en las empresas de distribución del SIN atendió un total de 83.238 casos, de los cuales 55.456 fueron de carácter técnico, 26.326 comerciales y 1.456 por resarcimiento de daños.

A la fecha, existen 58 oficinas del consumidor en las empresas de distribución.

(Ver anexo C)

En mayo de 1997, la Superintendencia creó el ODECO con la finalidad de atender las reclamaciones y denuncias de los consumidores en el sector de electricidad. Este sistema funciona en primera instancia en las oficinas de atención al público de las principales empresas distribuidoras del país, y en segunda instancia en la Superintendencia de Electricidad, conforme a lo dispuesto en los reglamentos de la Ley SIRESE y de Calidad de Distribución.

La Unidad de Atención de Reclamaciones y Denuncias de la Superintendencia atendió, en esta gestión, 309 consultas de consumidores de las empresas CORELPAZ, CRE, CEY, ELECTROPAZ, ELFEC, ELFEO, SEPSA, CESSA y SETAR, entre otros; 228 consultas se atendieron vía teléfono, 73 en forma personal y 8 mediante correspondencia.

Adicionalmente se procesaron 274 reclamaciones, de las cuales 184 fueron por calidad del servicio comercial, 75 por daños y 15 de carácter técnico. .

La Superintendencia instruyó a ENDE la instalación de ODECO en el sistema Cobija, Pando que comenzó a funcionar a partir del mes de noviembre de 1998. (Resolución SSDE N° 168/98).

Con el propósito de mejorar el sistema ODECO en las empresas distribuidoras y en la Unidad de Atención de Reclamaciones de la Superintendencia, se contrató los servicios de una empresa consultora que evaluó y revisó su composición orgánica y los procedimientos de reclamaciones y denuncias de los consumidores. Los resultados de este estudio fueron puestos en conocimiento de las empresas para que durante 1999, apliquen los procedimientos modificados, previa aprobación de la Superintendencia.

 21.6.4. INFRACCIONES Y SANCIONES

LLa Superintendencia aplicó el Reglamento de Infracciones y Sanciones e impuso multas a la empresa generadora de La Pazas siguientes empresas: a COBEE, debido a su responsabilidad en la interrupción del suministro de electricidad en las ciudades de La Paz, El Alto y Viacha el 29 de mayo de 1998, a la empresa distribuidora de La Paz ELECTROPAZ por efectuar un corte injustificado a un consumidor individual y a la TransmisoraTDE por haber incumplido en la entrega de información requerida por el ente regulador.

De igual manera, llamó la atención a la empresa distribuidora de CochabambaELFEC S.A. por efectuar y construir obras ocupando propiedad ajena sin servidumbre, a la Cooperativa Atocha por el corte injustificado del servicio, a la empresa distribuidora de PotosíSEPSA por el incumplimiento de normas y disposiciones de la Superintendencia, a Corani S.A. por desacato a la Resolución SSDE 032/97 y a la empresa distribuidora de La Paz,ELECTROPAZ S.A. por la interrupción del suministro de electricidad al Sistema Norte.

 21.6.5. INFORMACIÓN A LOS CONSUMIDORES

En 1998,En 1998 la Superintendencia mantuvo informado al consumidor sobre las actividades de regulación, la existencia del sistema ODECO y difundió consejos prácticos para ahorrar electricidad.

Para el efecto, coordinó con las empresas distribuidoras la difusión de información a través de spots televisivos, que se emitieron en La Paz, Cochabamba, Santa Cruz, Sucre y Potosí para dar a conocer la existencia del sistema ODECO y el inicio de la etapa de transición del control de calidad de distribución.

Por medio de COSERELEC y ENDE, entregó a los consumidores de Trinidad y Cobija un bíptico sobre la apertura de las oficinas de ODECO en ambas ciudades y el procedimiento para presentar sus reclamaciones en primera y segunda instancia.

Alrededor de 750.000 consumidores de electricidad de las ciudades de La Paz, Cochabamba, Santa Cruz, Oruro, Sucre, Potosí y Trinidad recibieron junto a su factura mensual el Boletín Informativo de la Superintendencia de Electricidad denominado "Cuidemos nuestra Economía, Ahorrando Energía", cuyos consejos prácticos permitieron al usuario del servicio aprender a ahorrar electricidad, leer el medidor y estimar el consumo mensual., entre otros.

Por otra parte, organizó audiencias públicas en las ciudades de La Paz, Cochabamba, Oruro, Santa Cruz de la Sierra, Trinidad y San Borja, respectivamente para conocer la posición de los representantes de organizaciones civiles y consumidores respecto a los estudios de tarifas presentados por ELECTROPAZ, ELFEC, ELFEO, CRE, COSERELEC y la Cooperativa de Servicios Eléctricos Maniqui Ltda. .

 21.7.SISTEMAS

La Superintendencia aprobó el diseño de los sistemas de información para las diferentes unidades, realizado por un consultor con apoyo del Proyecto de Asistencia Técnica al sector Eléctrico, financiado por el Banco Mundial. 

La mencionada consultoría se desarrolló en dos etapas:

Primera: Preparación y definición del plan estratégico para el Sistema de Información Integrado. E, que concluyó el 5 de agosto de 1998 se entregó con la entrega del documento del "Plan Estratégico".

Segunda: Ejecución de la primera etapa del plan estratégico, según el cronograma establecido.

Para estructurar el cronograma se tomó como base fundamental la necesidad de contar con:

En la primera fase, se estructuraron los prototipos para información estadística del Mercado Eléctrico Mayorista, la intranet corporativa, se configuraron el servicio de correo electrónico y la página web de la Superintendencia, cuya dirección es la siguiente: http://www. superele.gov.bo

El contenido de la página web es el siguiente:

También se definió la estructura de la base de datos general para el desarrollo de los sistemas de información y los procesos de workflow para aplicaciones de:

El Departamento de Sistemas, en coordinación con la unidad correspondiente, analizó el proceso de reclamaciones y denuncias y estableció un modelo mejorado; también realizó el seguimiento del sistema de control de calidad en distribución.

La ejecución del plan estratégico para el Sistema de Información Integrado concluirá el 2001. Durante su ejecución, se completará el proceso de estructuración de los sistemas de información operativa del Mercado Eléctrico Mayorista, de generación, transmisión y distribución, y financiera de las empresas, entre otros.

 21.8. GESTION ADMINISTRATIVA

21.8.1. ESTRUCTURA ORGANICA

La estructura orgánica de las Superintendencia de Electricidad es la siguiente:

 

En 1997,

 

la

urante la gestión 1998, la Superintendencia de Electricidad contaba con una planta de 21 ó con veintinueve funcionarios permanentes. En la gestión 1998,, ocho nuevos profesionales fueron contratados por la institución, después de un proceso de convocatoria pública y concurso de méritos. Por otra parte, se autorizó la contratación de contratados a través de concurso de méritos, y cinco empleados eventuales.

Del total de empleados permanentes, 6 cumplieron funciones ejecutivas, 13 constituyeron el equipo técnico y 10 conformaron la parte administrativa y personal de apoyo. Con relación al personal eventual, fueron contratados: una secretaria, dos técnicos de apoyo a la jefatura de sistemas, una recepcionista para fortalecer la Oficina de Atención al Consumidor y un asistente para la Jefatura de Administración y Finanzas.

21.8.2.SISTEMAS DE ADMINISTRACION

En 1998, lLa Superintendencia de Electricidad elaboró los siguientes reglamentos específicos: Programación de Operaciones, Sistema de Administración de Bienes y Servicios y Administración de Personal, aprobados mediante las resoluciones SSDE N° 206/98 de 9 de noviembre de 1998, 089/98 de fecha 9 de julio de 1998 y 151/98 de 13 de agosto de 1998, respectivamente.

Su elaboración y aprobación responden a las determinaciones establecidas en la Ley SAFCO.

21.8.3. PRESUPUESTO Y EJECUCION PRESUPUESTARIA

Entre enero y diciembre de 1998, la Superintendencia aplicó una tasa de regulación del 0,95% sobre las ventas netas de las empresas eléctricas, según Resolución SSDE Nº 150/97, lo que permitió un ingreso de Bs 14.301.113 y por otros conceptos, Bs 919,00 haciendo un total fue de Bs 14.302.032, el 9% más de lo programado.

La Ley de Electricidad dispone que las empresas eléctricas paguen una tasa de regulación no mayor al uno por ciento (1%) de sus ingresos por ventas para cubrir los costos de funcionamiento de la Superintendencia y de la alícuota parte que corresponde a la Superintendencia General del Sistema de Regulación Sectorial.

Entre enero y diciembre de 1998, la Superintendencia aplicó una tasa de regulación del 0,95% sobre las ventas netas de las empresas eléctricas, según Resolución SSDE Nº 150/97, lo que permitió un ingreso de Bs 14.301.113 y por otros conceptos, Bs 919,00 haciendo un total fue de Bs 14.302.032, el 9% más de lo programado.

 

EJECUCION PRESUPUESTARIA DE RECURSOS

AL 31 DE DICIEMBRE DE 1998

 

RUBROS

DESCRIPCION

PROGRAMADO

RECAUDADO

DIFERENCIA

 

 

Bs.

Bs.

 

 

 

100%

109%

9%

151000

Tasas

13,017,069.00

14,301,113.07

1,284,044.07

159000

Otros

50,000.00

919.00

 

 

Total ingresos

13,067,069.00

14,302,032.07

1,333,125.07

La Superintendencia programó para la gestión 1998 un presupuesto de gastos de BsBs 13.973.916 y ejecutó BsBs 8.511.710, lo que significa el 61 por ciento del total previsto.

El siguiente cuadro muestra el detalle por partidas:

 

EJECUCION PRESUPUESTARIA DE GASTOS

AL 31 DE DICIEMBRE DE 1998

PARTIDA

DESCRIPCION

PROGRAMADO

EJECUTADO

SALDO

%

 

 

Bs.

Bs.

Bs.

 

10000

Servicios personales

5,947,606.00

4,602,045.86

1,345,560.14

77

20000

Servicios no personales

4,726,387.00

3,308,305.17

1,418,081.83

69

30000

Materiales y suministros

349,443.00

246,454.27

102,988.73

70

40000

Activos reales

2,950,480.00

354,905.04

2,595,574.96

12

 

Total gastos

13,973,916.00

8,511,710.34

5,462,205.66

61

  

21.8.4. ESTADOS FINANCIEROS

21.8.4.1. BALANCE GENERAL

 El Balance General condensado de la Superintendencia de Electricidad, al 31 de diciembre de 1998 es el siguiente:

ACTIVO (En Bs.)

Corriente 14.111.343,51

Fijo 8.128.391,50

TOTAL ACTIVO 22.239.735,01

CUENTAS DE ORDEN 1.250.809,59

PASIVO

Corriente 2.238.978,67

No corriente 636.167,57

Patrimonio 19.364.588,77

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 22.239.735,01

CUENTAS DE ORDEN 1.250.809,59

Los aspectos de mayor relevancia en el Balance General, durante esta gestión fueron los siguientes:

  1. El 87% del activo corriente está constituido por saldo en caja y bancos.
  2. El activo fijo está constituido básicamente por el edificio de propiedad de la Superintendencia de Electricidad.
  3. El pasivo corriente está constituido principalmente por deuda comercialescomercial a proveedores.
  4. Dentro del Balance General está contemplada la denominada cuenta de orden, constituida por fondos provenientes de multas cobradas por la Superintendencia de Electricidad, recursos que deben ser transferidos al Fondo Nacional de Desarrollo Regional para el financiamiento de proyectos de electrificación rural.

21.8.4.2. ESTADO DE RESULTADOS (En Bs.)

Los recursos de la Superintendencia de Electricidad provienen de la Tasa de Regulación y de acuerdo a lo presupuestado, se ha ejecutado un 9% más de lo previsto.

INGRESOS 14.097.956,56

EGRESOS 9.195.515,75

RESULTADO 4.902.440,81

Los aspectos más importantes del estado de resultados de la gestión 1998 fueron los siguientes:

  1. Los ingresos de la Superintendencia de Electricidad están constituidos por los recursos provenientes de la Tasa de Regulación.
  2. Más del 50% de los gastos constituyen salarios y pago de estudios, investigaciones y proyectos (partida 252).
  3. El saldo del ejercicio, excluyendo los ajustes por inflación, fue traspasado como recurso de financiamiento para la gestión 1999.

2.9. DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE

Los estados financieros de la gestión 1998 de la Superintendencia de Electricidad y de la Unidad Ejecutora del Proyecto Crédito Externo 2790-BO fueron auditados por la consultora externa KPMG Peat Marwick, que dictaminó la racionalidad de nuestros estados contables y los aprobó sin observación alguna.

 3. PROGRAMA DE REFORMA DEL SECTOR ELÉLÉCTRICO BOLIVIANO

    1. FASES DEL PROGRAMA

El Programa de Reforma del Sector Eléctrico Boliviano comenzó su ejecución en Bolivia en marzo de 1994 con el apoyo financiero de los gobiernos de Holanda, Japón y el Crédito 2790-BO de la Asociación Internacional de Fomento (AIF). Consta de cuatro fases, de las cuales las dos primeras fueron ejecutadas por un grupo de técnicos del ex Ministerio de Energía e Hidrocarburos, de la ex Dirección Nacional de Electricidad y las principales empresas eléctricas del país, y las dos siguientes por consultores bolivianos y extranjeros, expertos en regulación del sector.

Durante la ejecución de las tres fases iniciales se obtuvieron los siguientes resultados: promulgación de la Ley de Electricidad y sus reglamentos, capitalización de la Empresa Nacional de Electricidad S.A., privatización de la Transportadora de Electricidad y la Empresa de Luz y Fuerza de Cochabamba SAM y establecimiento de la Superintendencia de Electricidad y del Comité Nacional de Despacho de Carga (CNDC).

El Programa inició su última fase en septiembre de 1997 y se estima su culminación en junio de 1999. En ese lapso se pretende el fortalecimiento de la Superintendencia de Electricidad, del Comité Nacional de Despacho de Carga, del marco legal vigente, la culminación de los procesos de adecuación a la Ley de Electricidad de las empresas y cooperativas eléctricas y la privatización de las industrias estatales.aquellas donde el Estado boliviano detenta propiedad.

32.2. LA CUARTA FASE DEL PROGRAMA

32.2.1. OBJETIVOS

La cuarta fase del programa está dividida en tres etapas, cada una con diferentes objetivos.

En lLa primera etapa stuvo el propósito e plantea los objetivos de lograr el fortalecimiento del sistema de información del sector eléctrico, capacitar al personal de la Superintendencia en materia reguladora y apoyar a la Unidad Ejecutora del Proyecto – Superintendencia de Electricidad (UEP-SE).

En ell desarrollo de la segunda etapa se proponelanteó el objetivo de concretar la realización de estudios para la determinación de precios en cada una de las áreas de la industria eléctrica: generación, transmisión y distribución.

En la tercera etapa se plantea el fortalecimientose fortaleció del CNDC y los procesos destinados a la coordinación de la generación, transmisión y despacho de carga en el SIN y se realizó la evaluación anual del impacto de las reformas en la competitividad y prácticas comerciales y de inversión en el sector eléctrico.

 32.2.2. EJECUCIÓCION

Al haberse estructurado la Superintendencia de Electricidad y ante la desaparición del Ministerio de Capitalización, el gobierno de Bolivia y AIF suscribieron la Enmienda al Convenio de Crédito 2790-BO, el 22 de julio de 1997, mediante el cual, se transfirió a la Superintendencia la responsabilidad de ejecución de tres partes del Proyecto de Asistencia Técnica para la Reforma del Sector Eléctrico.

El 22 de septiembre de 1997, se suscribió la Enmienda al Convenio Subsidiario de 17 de febrero de 1997, por el cual, se traspasó a la Superintendencia un equivalente de DEG 1.210.000 (UN MILLON DOSCIENTOS DIEZ MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), para financiar exclusivamente la ejecución del Proyecto.

El 14 de octubre de 1997, la Superintendencia mediante Resolución Administrativa SSDE 120/97 y en sujeción a la Enmienda del Convenio de Crédito 2790-BO, creó la Unidad Ejecutora del Proyecto – Superintendencia de Electricidad (UEP–SE), encargada de ejecutar el mencionado proyecto, sujeta a las Normas de Adquisiciones de Bienes y Servicios establecidos por AIF.

Por último, el 23 de diciembre de 1997, AIF comunicó al Ministerio de Hacienda la vigencia de la Enmienda al Convenio de Crédito 2790-BO. A partir de esa fecha, se hicieron efectivos los desembolsos para la ejecución del Proyecto de Asistencia Técnica para la Reforma del Sector Eléctrico.

En losel siguientes cuadros se muestran los estudios en ejecución y en proceso de contratación a diciembre de 1998::

 

ESTUDIOS EN EJECUCION

 

PRESUPUESTO

ESTUDIO O PROYECTO

TOTAL

 

MILES DE US$

EQUIPAMIENTO DE LA UEP-SE

12,93

SOFTWARE PARA AUTOMATIZACIÓN DE FLUJOS DE TRABAJO DE OFICINA ULTIMUS WORKFLOW

17,10

ANÁLISIS, ESTRUCTURACIÓN Y DESARROLLO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN

30,17

DETERMINACIÓN DE METODOLOGÍAS Y CÁLCULO DE TARIFAS DE DISTRIBUCIÓN

237,12

REGULACIÓN DEL COSTO Y ESTRUCTURA DE CAPITAL

21,71

ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE REGLAMENTO DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD

20,40

REGULACIÓN DE LA DEMARCACIÓN DE ZONAS DE CONCESIÓN

24,90

MODELOS PARA LA SIMULACIÓN Y OPTMIZACIÓN DEL SIN

188,57

ELABORACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA

PARA EL ESTUDIO DE CONFIABILIDAD Y COSTOS ASOCIADOS DEL SIN

 

48,51

EVALUACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN DE RECLAMACIONES Y DENUNCIAS DE LA SE

 

8,86

EVALUACIÓN DE LOS COMPROMISOS DE INVERSIÓN EN CONTRATO DE CAPITALIZACIÓN

DE EMPRESA ELÉCTRICA VALLE HERMOSO S.A. VH

 

30,00

TOTAL EN EJECUCIÓN

640,29

 

 

ESTUDIOS EN PROCESO DE CONTRATACION

 

ESTUDIO O PROYECTO

PRESUPUESTO TOTAL

DEL ESTUDIO

EN MILES DE US$

SEGUNDO EQUIPAMIENTO DE LA UEP-SE

3,43

ANÁLISIS Y APLICACIÓN DE DISPOSICIONES

regulatoriasREGULADORAS DE LA TRANSMISIÓN

45,71

EVALUACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CNDC

45,71

ESTUDIO DE confiabilidadCONTABILIDAD Y COSTOS ASOCIADOS DEL SIN

285,71

DIAGNÓSTICO FUNCIONAL Y DE EQUIPAMIENTO

DEL CNDC

100,00

EVALUACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL MEM

45,71

AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO DE DIVISIÓN Y LIMITACIONES A LA PROPIEDAD POR PARTE DE LAS EMPRESAS ELÉCTRICAS EN elÉL SIN

91,43

EVALUACIÓN Y DIAGNÓSTICO DE SISTEMAS EN EMPRESAS DISTRIBUIDORAS

91,43

ADECUACIÓN DE LA CONCESIÓN DE COBEE

58,8

TOTAL

767,14